Los candidatos que durante su campaña proselitista entreguen o prometan dinero, regalos, dádivas u otros objetos de naturaleza económica, con el fin de comprar el voto de los electores, son pasibles de drásticas sanciones que los pueden llevar hasta la exclusión del proceso electoral.
Así lo señaló la directora de Fiscalización y Procesos Electorales, Yéssica Clavijo Chipoco, quien expresó que a esta máxima sanción se llega mediante un procedimiento gradual establecido en el Reglamento para la fiscalización y procedimiento sancionador sobre conducta prohibida en propaganda electoral.
Explicó que en un primer momento el Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente inicia, de oficio o ante una denuncia de parte, la investigación del caso y de determinar la infracción impone una multa de hasta 30 unidades impositivas tributarias (UIT). Si el candidato reincide en la infracción, aplica la sanción de exclusión del proceso electoral.
La funcionaria manifestó que el JEE también puede imponer esta sanción de manera directa cuando constate que las dádivas u otros bienes entregados de manera directa o a través de terceros, supere las dos UIT.
La sanción de exclusión inmediata o por reincidencia solo puede ser adoptada hasta 30 días calendario antes de la fecha de la elección, remarcó.
Asimismo, indicó que lo resuelto por el JEE puede ser apelado ante el Pleno del JNE, el cual resolverá en última y definitiva instancia.