San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 26 de marzo de 2024.
EL ALCALDE PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS;
VISTO: La Ordenanza Nº 269-MPCH de fecha 28 de diciembre del 2023, Informe Nº 096-2024-MPCH/SG con proveído de Alcaldía de fecha 25 de marzo del 2024; y
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Ordenanza Nº 269-MPCH, se aprobó la Ordenanza que Establece el plazo para la presentación de Declaración Jurada, Fija el Derecho de Emisión Mecanizada, Mantener las tasas de interés moratorio, Aprueba reajustar con el índice de precios al consumidor las tasas de Arbitrios de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2024 y establece incentivo por su pago al Contado;
Que, mediante el Artículo Octavo de la Ordenanza Nº 269-MPCH se establece el incentivo para el pago al contado de los tributos para el ejercicio fiscal 2024 hasta el 31 de marzo del 2024, incluido arbitrios municipales e impuesto predial;
Que, con Informe Nº 194-2024-MPCH/GAT, la Gerente de Administración Tributaria solicita la prórroga de 30 días del artículo 8º de la Ordenanza Nº 269-MPCH del 01 al 30 de abril, pedido que es refrendado por la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 062-2024-MPCH/OGAJ;
Que, con los documentos del Visto, el Alcalde Provincial de Chachapoyas autoriza emitir el Decreto de Alcaldía conforme lo establecen las normas legales;
Estando a las facultades otorgadas por la Constitución Política del Estado, el Artículo 20° Numeral 6) y el Artículo 42° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. En uso de las facultades establecidas en el Numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETO
ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR la ampliación de vigencia del Artículo Octavo de la Ordenanza N.º 269-MPCH que Establece el plazo para la presentación de Declaración Jurada, Fija el Derecho de Emisión Mecanizada, Mantener las tasas de interés moratorio, Aprueba reajustar con el índice de precios al consumidor las tasas de Arbitrios Municipales; de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2024 y establece incentivo por su pago al Contado del 01 al 30 de abril del 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la notificación del presente para los trámites administrativos correspondientes; así como publicación en el diario de mayor circulación regional y en la página www.munichachapoyas.gob.pe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
NES HUMBERTO ZAVALETA TENORIO
PERCY ZUTA CASTILLO
ALCALDE PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS
M. MONTALDO ECHAIZ
Secretaria General