Transgresiones pueden acarrear multas de 30 UIT (S/148 500) y, ante la reincidencia, la exclusión del postulante de la contienda electoral.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) exhortó a los candidatos y organizaciones políticas a no infringir la norma de dádivas durante el proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2023 (EMC 2023) que tendrá lugar el 2 de julio próximo.
En tal sentido, los postulantes están impedidos de prometer o entregar dádivas, dinero, regalos, alimentos, medicina, agua, materiales de construcción, enseres del hogar u otros bienes, de acuerdo al reglamento vigente del organismo electoral, aprobado por la Resolución N° 0979-2021-JNE.
Según este documento, se exceptúa de la prohibición cuando se trata de la entrega de bienes para consumo individual e inmediato durante el desarrollo de un evento proselitista; así como otorgar artículos publicitarios considerados como propaganda electoral. En ambos casos, no debe superarse el 0.3% de la UIT (S/14.85), por cada entrega.
Ante posibles transgresiones a la normativa, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima actúa de oficio o mediante denuncia. Así, califica el informe elaborado por un fiscalizador y, de considerar que los hechos descritos configuran una probable vulneración, inicia procedimiento sancionador y corre traslado al candidato y a la agrupación política que lo postula para que formule sus respectivos descargos.
De no existir infracción, el órgano electoral archiva el expediente correspondiente. En tanto, de haber responsabilidad, impone al postulante una multa equivalente a 30 UIT (S/ 148 500). De reincidirse en la transgresión de la normativa, el JEE de Lima determina la exclusión de la contienda electoral al candidato infractor.
Exclusión inmediata
La normativa también prevé la exclusión inmediata del postulante cuando la entrega de los bienes efectuada de manera directa por este o a través de terceros, con recursos del mismo o de la organización política, supere las 2 UIT (S/9 900).
Debe anotarse que los casos de dádivas son revisados en primera instancia por el JEE de Lima y, de mediar apelación, por el Pleno del JNE, en forma definitiva.