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lunes, diciembre 9, 2024

ORDENANZA Nº 003-2023MDL/A

Leimebamba 27 de noviembre del 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LEIMEBAMBA

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE LEIMEBAMBA

VISTO: El acta de Sesión Ordinaria de Consejo Municipal Nº047-2023-MDL/A, de fecha de fecha 09 de noviembre del 2023, Acuerdo de Consejo Nº021-2023-MDL/A, de fecha 10 de noviembre del 2023, Carta Nº107-2023-SCA-SAC/GG de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y/o que haga, de fecha 07 de noviembre del 2023, el Informe Nº 004-2023-MDL/ALE de la Oficina de Asesoría Jurídica, de fecha 09 de noviembre del 2023; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194ºde la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, conforme al artículo ll del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el artículo 26º de la Ley Nº27972, establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente que además se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia participación y seguridad ciudadana; y, por aquellos contenidos en la Ley Nº27444;

Que, asimismo, el artículo 4º de la Ley Nº27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, indica que la finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; ello en concordancia con el artículo 1ºde su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº030-2002-PCM, que refiere que la organización y toda actividad de la entidad deberá dirigirse a brindar un mejor servicio y al uso óptimo de los recursos estatales, priorizando permanentemente el interés y bienestar de la persona;

Que, en ese contexto, la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido diversas normas referidas a la organización del Estado, como son: el D,S. Nº054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, el D.S. Nº131-2018-PCM, Decreto Supremo que modifica los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº003-2018-PCM/SGP, que aprueba la Directiva NºOO1-2018-SGP, Directiva que regula el sustento técnico legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº003-2019-PCM/SGP, Directiva que modifica la Directiva NºOO1-2018-SGP, Directiva que regula el sustento técnico legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2020-PCM-SGP, Resolución que aprueba los Lineamientos Nº 01-2020-SGP denominados «Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos”, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº005-2020-PCM-SG, que aprueba los Lineamientos Nº02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones MOP. La Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM-SGP, que aprueba la «Norma Técnica Nº01-2020-PCM/SGP/SSAP que establece modelos de organización para municipalidades», el D,S. Nº064-2021-PCM (06/04/2021), Decreto Supremo que modifica los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante el Decreto Supremo Nº054-2018-PCM, y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº010-2021-PCM/SGP (09/07/2021), Directiva que modifica la Directiva Nº002-2021-SGP, Directiva que regula el sustento técnico legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado y deroga la Directiva Nº001-2018-SGP.

Que, a razón de ello, estos cambios normativos tienen impacto en el modelo de organización y las funciones de los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Leimebamba, en tanto, ha generado obsolescencia en algunas funciones ya estandarizadas en los sistemas administrativos, y en tanto, genera la obligación de adecuarse a esta nueva regulación.

Que, conforme lo establecido en los numerales 1, 2 y 3 (página 47) de la Sección E, del Subcapítulo VI, de la RSGP Nº005-2020-PCM-SGP, los documentos referidos en estos numerales son visados por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, teniendo en cuenta el proceso de aprobación del ROF. En ese sentido, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remite la propuesta para la aprobación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF)’, que contempla la adecuación al Modelo 3 nivel distrital de la estructura orgánica y las funciones de los órganos y unidades orgánicas, según lo dispuesto en la Norma Técnica Nº01-2020-PCM/SGP/SSAP, anexando el informe técnico Sustentatorio, que contiene las fichas técnicas correspondientes, para la aprobación del ROF;

Que, conforme lo establecido en el numeral 4 (página 47) de la Sección E, del Subcapítulo VI, de la RSGP Nº005-2020-PCM-SGP, el informe legal es visado por la Oficina de Asesoría Jurídica, o quien haga sus veces, teniendo en cuenta el proceso de aprobación del ROF. En ese sentido, la Oficina de Asesoría Jurídica, remite el informe correspondiente, para la aprobación del ROF;

Que, estando a los argumentos antes expuestos, resulta necesario aprobar la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad Distrital de Leimebamba:

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, Sesión Ordinaria de Consejo Municipal Nº 047-2023-MDL/A de fecha de fecha 09 de noviembre del 2023, el Concejo por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LEIMEBAMBA

Artículo Primero. APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Leimebamba, que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo. DEROGAR cualquier norma que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo Tercero. ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades de organización competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza; así como a la Oficina de Abastecimiento y Personal, la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la entidad en base al Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica, aprobados en el artículo primero.

Artículo Cuarto. DISPONER que el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica aprobados en el artículo primero, entrarán en vigencia a partir de la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional a que hace referencia el artículo precedente.

Artículo Quinto. ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario que corresponda y en el Portal Institucional (https://www.gob.pe/munileimebamba) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

POR TANTO: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

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